Violencia extrema, sanciones mínimas: así se castiga a los menores por feminicidio

Violencia extrema, sanciones mínimas: así se castiga a los menores por feminicidio

Foto: IA Imagen Poblana / Enfoque

El feminicidio de Dariana N., de 15 años, ocurrido el pasado 5 de octubre en Teziutlán, reavivó la polémica sobre las sanciones que enfrentan los menores de edad acusados de cometer crímenes de extrema violencia, pues mientras un adulto puede recibir décadas de prisión por este delito, un adolescente de 17 años puede enfrentar un máximo de cinco años de internamiento.

 

Por el asesinato de la estudiante de secundaria fue señalado Abraham M. G., alias “el Zancudo”, quien fue vinculado a proceso por feminicidio y permanece bajo internamiento preventivo en el Centro Especializado de Internamiento para Adolescentes (CIEPA), su responsabilidad deberá determinarse durante el procedimiento judicial.

 

De acuerdo con información difundida sobre las investigaciones de la Fiscalía General del Estado (FGE), Dariana, originaria de San Juan Xiutetelco, habría sido citada por el adolescente después de salir de clases, posteriormente, fue localizada sin vida en un inmueble abandonado del barrio de Xoloco, en Teziutlán; las indagatorias señalan que sufrió golpes, lesiones provocadas con tijeras y asfixia por estrangulamiento.

 

 

La gravedad del crimen y la corta edad de la víctima han generado indignación y cuestionamientos sobre las consecuencias legales que podría enfrentar el presunto responsable; en Puebla, el feminicidio cometido por una persona adulta contempla penas de prisión que pueden alcanzar varias décadas; sin embargo, cuando el acusado tiene menos de 18 años al momento de los hechos, se aplica un régimen de justicia especializado.

 

La Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece que los jóvenes de entre 14 y menos de 16 años pueden recibir hasta tres años de internamiento, mientras que para quienes tienen entre 16 y menos de 18 años el límite máximo es de cinco años, estas restricciones también aplican cuando se trata de delitos graves, como el feminicidio.

 

Por ello, si se acredita la responsabilidad del joven señalado en el caso de Dariana, la sanción deberá establecerse conforme a su edad al momento del crimen y a las disposiciones aplicables. El internamiento preventivo que actualmente enfrenta no representa una sentencia definitiva.

 

Pero el caso no es el único en Puebla que ha puesto bajo discusión la participación de menores de edad en asesinatos de mujeres y niñas.

 

En octubre de 2025, un niño de 12 años fue señalado por su participación en el asesinato de Rosa Isela N., ocurrido en la junta auxiliar de Atencingo, municipio de Chietla. Versiones de vecinos y autoridades indican que ingresó con aparente intención de robar y, al ser sorprendido, la atacó con arma blanca provocándole múltiples heridas, 

 

En marzo de 2025, Natalia Sonia N., una mujer argentina residente en Lomas de Angelópolis, murió a consecuencia de un traumatismo severo provocado por Axel N., un adolescente de 12 años que habría ingresado a su domicilio con la intención de grabarla y la atacó al ser descubierto, de acuerdo con la línea de investigación de la Fiscalía. 

 

Los hechos muestran la dimensión de la violencia que enfrentan las mujeres y niñas en Puebla, tanto como víctimas de feminicidio como en casos en que adolescentes aparecen entre los responsables. También exhiben las diferencias entre el sistema penal para adultos y el régimen especializado para menores de edad.

 

El asesinato de Dariana mantiene abierto el debate sobre si los límites actuales de internamiento responden a la gravedad de los delitos cometidos por adolescentes.

 

Mientras familiares y colectivos exigen justicia, las autoridades deberán esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades correspondientes, en un caso que vuelve a poner en el centro la protección de las menores y la urgencia de prevenir la violencia feminicida.

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